Comienza el periodo de vacunación de lengua azul en Andalucía sin que lleguen las dosis

La Federación Andaluza de Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (FADSG) recuerda que esta semana ha finalizado el período estacionalmente libre de la lengua azul, lo que significa que desde este momento todos los ganaderos que vayan a movilizar sus animales están obligados a vacunarlos contra la enfermedad. Sin embargo, la organización ha recibido numerosas quejas de los ganaderos y asociaciones que la constituyen, ya que la Junta de Andalucía aún no dispone de las dosis necesarias para hacer efectivo el tratamiento, según publica Agroinformación.

La administración anunció el pasado año que en 2017 se haría cargo, por tercera vez, de la compra de las vacunas de la lengua azul, siendo esta campaña la única en la que ha tenido claro desde el principio que se iba a responsabilizar de adquirir el tratamiento. Sin embargo, ha sido el ejercicio en el que más se está tardando en poner las dosis a disposición de los veterinarios, tanto de ADSG como de directorio, lo que ha alterado completamente el calendario sanitario y reproductivo de los rebaños.

Muchos ganaderos hacen coincidir la aplicación del tratamiento contra la lengua azul con la fecha de saneamiento obligatorio de brucelosis y tuberculosis. De este modo se pretende reducir tanto el estrés al que se someten los animales con las actuaciones sanitarias, como lo costes económicos de las mismas.

Por ello, mientras esperaban las dosis de la vacuna a muchos ganaderos se les ha pasado la fecha de saneamiento, y además están perdiendo las calificaciones que reconocen sus rebaños como libres de las dos enfermedades sometidas a programas nacionales de erradicación. Ello se traduce en una inmovilización de la explotación además de la pérdida, en vacuno, del derecho a subvención de la actuación sanitaria por la ADSG.

En línea con lo anterior, el hecho de no disponer de vacuna de la lengua azul también daría lugar a una inmovilización de las explotaciones que sacan sus producciones a cebaderos o centros de tipificación. La autoridad competente ha autorizado, sólo, el movimiento a matadero hasta el 31 de mayo. Esto no resuelve el problema de la gran mayoría de explotaciones de vacuno que no tienen capacidad de cebar en la propia explotación, y no saben qué hacer con los terneros que, para sacarlos, tienen que esperar además de a tener disposición de vacuna, 21 días reglamentarios para revacunarlos antes de realizar el movimiento. Ello significa que el ganadero tiene que soportar los animales en la explotación un mes más desde que tenga las dosis necesarias para poder proceder a vacunarlos.

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